Pensión de Jubilación
Constituye un derecho vitalicio reconocido en favor de los Mutualistas causante de la misma, siempre que éste se encontrase al corriente de sus obligaciones con la Mutualidad.

Pensión de Familiar  
Constituye un derecho vitalicio reconocido en favor de los familiares del Mutualista fallecido causante de la misma, siempre que éste se encontrase al corriente de sus obligaciones con la Mutualidad.  
Ayuda por Hijos Disminuidos
Está destinada a compensar los gastos motivados a los Mutualistas que tengan a su cargos hijos disminuidos psíquicos o físicos, cualquiera que sea la edad de éstos y que requieran un tratamientop médico especializado.

  Asistencia Sanitaria
  La Asistencia Sanitaria tiene por objeto la prestación a los servicios médicos y quirúrgicos de los mutualistas y sus beneficiarios reconocidos por la Mutualidad de todo el territorio nacional.
Auxilio Económico de Defunción
El fallecimiento del Mutualista o de uno de sus beneficiarios causará derecho a la percepción, por una sóla vez, de una ayuda destinada a contribuir a sufragar los gastos del sepelio.


Ayudas por Asistencia Médica
Con esta prestación se compensan los gastos de tratamientos médicos o asistenciales no cubiertos directamente por la Mutualidad ni por MUFACE.
Foro
Damos la bienvenida a todos los que se conecten al Foro de nuestra Mutualidad, y confiamos en que esta nueva experiencia sirva para una mejor información y comunicación.


NOVEDADES