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Pensión de Jubilación
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| Constituye un derecho vitalicio reconocido en favor de los Mutualistas causante de la misma, siempre que éste se encontrase al corriente de sus obligaciones con la Mutualidad.
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Pensión de Familiar
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Constituye un derecho vitalicio reconocido en favor de los familiares del Mutualista fallecido causante de la misma, siempre que éste se encontrase al corriente de sus obligaciones con la Mutualidad.
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Ayuda por Hijos Disminuidos
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Está destinada a compensar los gastos motivados a los Mutualistas que tengan a su cargos hijos disminuidos psíquicos o físicos, cualquiera que sea la edad de éstos y que requieran un tratamientop médico especializado.
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Asistencia Sanitaria
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La Asistencia Sanitaria tiene por objeto la prestación a los servicios médicos y quirúrgicos de los mutualistas y sus beneficiarios reconocidos por la Mutualidad de todo el territorio nacional.
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Auxilio Económico de Defunción
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El fallecimiento del Mutualista o de uno de sus beneficiarios causará derecho a la percepción, por una sóla vez, de una ayuda destinada a contribuir a sufragar los gastos del sepelio.
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| Ayudas por Asistencia Médica
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| Con esta prestación se compensan los gastos de tratamientos médicos o asistenciales no cubiertos directamente por la Mutualidad ni por MUFACE.
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Foro |
Damos la bienvenida a todos los que se conecten al Foro de nuestra Mutualidad, y confiamos en que esta nueva experiencia sirva para una mejor información y comunicación.
NOVEDADES
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